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Naturalización de personas perseguidas por el nacionalsocialismo y sus descendientes

Artículo 116 de la Ley Fundamental alemana en inglés

Artículo 116 de la Ley Fundamental alemana en inglés, © Auswärtiges Amt

23.08.2021 - Artículo

Las personas perseguidas por el régimen nazi que perdieron la nacionalidad involuntariamente y sus descendientes pueden recuperar la nacionalidad alemana. En virtud de una decisión de la Corte Constitucional Federal se amplió el grupo de personas beneficiarias.

Se aplican disposiciones legales particulares respecto a la recuperación de la nacionalidad de personas perseguidas por el régimen nazi que fueron privadas de la nacionalidad alemana por razones políticas, raciales o religiosas entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945. Dichas personas y sus descendientes tienen el derecho a la naturalización de conformidad con el artículo 116, apartado 2, frase 1 de la Ley Fundamental (GG)  en el marco de la reparación.

Para mayor información sobre este tema, consulte la página web de la Oficina Federal de Administración.

En virtud de la decisión 2 BvR 2628/18 de la Corte Constitucional Federal del 20 de mayo de 2020, se ha ampliado el grupo de personas beneficiarias a las que se refiere el artículo 116, apartado 2, frase 1 de la Ley Fundamental (GG).

A partir de ahora, en virtud del artículo 116, apartado 2, frase 1 de la Ley Fundamental (GG), también son consideradas descendientes las siguientes personas:

  • hijos/as matrimoniales de madre alemana que perdió la nacionalidad involuntariamente y padre extranjero nacidos antes del 1 de abril de 1953
  • hijos/as extramatrimoniales de padre alemán que perdió la nacionalidad involuntariamente y madre extranjera nacidos antes del 1 de julio de 1993.

Los afectados por lo anterior cuya solicitud de naturalización basada en el artículo 116, apartado 2, frase 1 de la Ley Fundamental fue denegada en el pasado en virtud de la jurisprudencia hasta ahora vigente podrán presentar una nueva solicitud sin formalidades especiales. La representación alemana competente en su caso está a su plena disposición para apoyarles a estos efectos.

Asimismo, el 30 de agosto de 2019, el Ministerio Federal del Interior, Obras Públicas y Cohesión Territorial (BMI) ya había dispuesto la entrada en vigor de dos amplias órdenes circulares, las cuales ofrecen la posibilidad de acceder a la naturalización simplificada a los descendientes de personas alemanas perseguidas por el nacionalsocialismo que viven en el extranjero y que no tienen derecho a recuperar la nacionalidad de conformidad con el artículo 116, apartado 2 de la Ley Fundamental. El 20 de agosto de 2021 entró en vigor la cuarta ley para la modificación de la Ley de Nacionalidad, la cual incluye un nuevo derecho legal a la naturalización a modo de reparación.

Entrada en vigor de la nueva ley

Con la cuarta ley para la modificación de la Ley de Nacionalidad, que entró en vigor el 20 de agosto de 2021, se establece un nuevo derecho legal a recuperar la nacionalidad alemana para aquellas personas que perdieron la nacionalidad alemana o no la obtuvieron como consecuencia de las medidas de persecución nacionalsocialistas y que no gocen ya de este derecho de conformidad con el artículo 116, apartado 2 de la Ley Fundamental (§ 15 StAG). El derecho a la naturalización se aplicará también a todos los descendientes de los afectados.

De conformidad con el § 15 de la Ley de Nacionalidad (StAG) tendrán derecho a la naturalización las personas que entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945 hayan renunciado a la nacionalidad alemana, la hayan perdido o no hayan podido adoptarla como consecuencia de medidas de persecución por motivos políticos, raciales o religiosos.

  1. Las personas que hayan renunciado a la nacionalidad alemana o la hayan perdido con anterioridad al 26 de febrero de 1955, por ejemplo, al haber solicitado y adquirido una nacionalidad extranjera, por pérdida previa solicitud o por haber contraído matrimonio con un extranjero.
  2. Las personas que hayan sido excluidas de adquirir legítimamente la nacionalidad alemana a través del matrimonio, la legitimación o la naturalización colectiva de personas pertenecientes al pueblo alemán.
  3. Las personas que no hayan obtenido la nacionalidad a pesar de haberla solicitado o que hayan sido excluidas de forma generalizada de obtenerla, lo que de otro modo habría sido posible previa solicitud.
  4. Las personas que hayan abandonado o perdido su residencia habitual en Alemania si esta se había establecido con anterioridad al 30 de enero de 1933; en el caso de los hijos, también posteriormente.

El derecho a la naturalización se aplicará también a los descendientes.

Usted encontrará mayor información sobre la naturalización de descendientes de personas perseguidas por el nacionalsocialismo en la página web de la Oficina Federal de Administración.

Hoja informativa sobre la naturalización a título de reparación, de conformidad con el § 15 de la StAG

Solicitud de naturalización a título de reparación, de conformidad con el § 15 de la StAG para mayores de 16 años

Solicitud de naturalización a título de reparación, de conformidad con el § 15 de la StAG para menores de 16 años

Anexo ascendientes respecto a los datos de otros ascendientes en los procedimientos de nacionalidad

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